La ORDEN EDU/736/2014, de 21 de agosto, por la que se desarrollan los programas de conciliación de la vida familiar, escolar y laboral en el ámbito educativo “Madrugadores y Tardes en el Cole”, establece en el Artículo 8: “Solicitudes de participación y plazos de presentación”.
Las bonificaciones y exenciones que se aplicarán sobre el precio/mes durante los cursos escolares 2018/2019, 2019/2020 y 2020/2021 son las siguientes:
Familias numerosas:
- 50% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría general (8,00 € por cada hijo que asista al programa).
- 100% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría especial (todos los hijos quedan exentos de pago).
Familias con dos hijos que no tengan la condición de familia numerosa:
- 50% por el segundo hijo que asista al programa. (16,00 € por el primer hijo y 8,00 € por el segundo).
Familias monoparentales:
- familias monoparentales con dos hijos: 100% por el segundo hijo que asista al programa y 50% por el primer hijo. (8,00€ por el primer hijo y exención de pago para el segundo).
- familias monoparentales con un solo hijo usuario del programa: bonificación del 50% (el precio mensual a abonar será de 8,00 €).
Personas con discapacidad:
-100% los usuarios de los programas que acrediten ser una persona con discapacidad.
Familias víctimas de actos terroristas:
-100% para las familias que acrediten ser víctimas de actos terroristas (todos los hijos quedan exentos de pago).
Víctimas de violencia de género:
-100% por cada hijo que asista al programa.
Usuarios en acogimiento familiar o residencial:
-100% de exención.
Las bonificaciones y exenciones para familias con dos hijos usuarios del programa, para familias monoparentales, y para víctimas de violencia de género solo serán de aplicación cuando la base imponible menos el mínimo personal y familiar de la unidad familiar en que se integre el usuario no supere las siguientes cuantías:
FAMILIAS RENTA
2 miembros: 17.959,20€
3 miembros: 22.449,00€
4 miembros: 26.489,82€
5 miembros: 30.081,66€
6 miembros: 33.224,52€
7 miembros: 35.918,40€
A partir del octavo miembro, se añadirán 2.500 € por cada nuevo miembro computable.
El resto de bonificaciones y exenciones son independientes del umbral de renta.